Ley de inclusión de personas con T.E.A.
Establecimientos Educacionales
La Ley 21.545 sobre personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) fue publicada en el Diario Oficial el 02 de marzo de 2023. Se divide en seis títulos que establecen una serie de disposiciones legales para asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades y la inclusión de los niños, niñas, adolescentes y adultos con TEA en la sociedad.
En el Título I se establecen las disposiciones generales, mientras que el Título II se refiere a los deberes del Estado en la materia. El Título III se enfoca en la atención en salud a las personas con TEA, y el Título IV en los derechos de los niños, niñas, adolescentes y personas adultas con TEA en el ámbito educacional. Finalmente, el Título V se refiere a las disposiciones finales, incluyendo las transitorias.
En cuanto a las disposiciones legales relevantes para los establecimientos educacionales, la ley establece la obligación de derivar casos con sospecha de TEA a establecimientos de salud para el proceso de diagnóstico. Además, se asegura a todos los niños, niñas, adolescentes y personas adultas una educación inclusiva de calidad y se promueve que se generen las condiciones necesarias para el acceso, participación, permanencia y progreso de los y las estudiantes, según sea su interés superior.
Los establecimientos educacionales tienen la responsabilidad de velar por el desarrollo de comunidades educativas inclusivas y efectuar los ajustes necesarios en sus reglamentos y procedimientos internos para abordar las desregulaciones emocionales y conductuales de los estudiantes con TEA. Asimismo, se establecen medidas para la participación e inclusión de personas con TEA en instituciones de educación no formal.
El Ministerio de Educación también tiene un rol fundamental en la implementación de esta ley. El Mineduc debe desarrollar acciones formativas destinadas a profesionales y asistentes de la educación para apoyar a las personas con TEA, facilitando su inclusión y el acompañamiento en la trayectoria educativa. Estas acciones se deben desarrollar en todos los niveles y modalidades educativas, considerando especialmente las condiciones particulares de los establecimientos rurales y la modalidad de educación de personas jóvenes y adultas.
Es fundamental que los Sostenedores y Equipos directivos estén al tanto de estas disposiciones legales relevantes para los establecimientos educacionales y se ajusten a ellas para asegurar la inclusión y protección de los derechos de las personas con TEA en el ámbito educativo.
Con estas medidas, se promueve un abordaje integral en el ámbito social, de la salud y de la educación, y se concientiza a la sociedad sobre esta temática.
Esperamos que esta información haya sido útil para usted, especialmente si se encuentra relacionado con el ámbito educativo. Si tiene dudas o necesita asesoría legal respecto a esta temática, no dude en contactarnos a través de nuestro sitio web www.salazarhidalgo.cl, visitando nuestra oficina en la ciudad de La Serena, en calle Colón 352 (Estudio Office Colon), oficina 303, o enviándonos un correo electrónico a contacto@salazarhidalgo.cl.



